Introducción: por qué su PYME necesita conocer su marco legal y fiscal
Toda pequeña y mediana empresa en México opera dentro de un marco normativo compuesto principalmente por el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), la Ley del IVA, la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley del Seguro Social (LSS). Conocer estas disposiciones no es opcional: el desconocimiento de una obligación no exime de su cumplimiento ni de las sanciones correspondientes. A continuación, un resumen práctico de lo que todo dueño de PYME debe tener presente.
Obligaciones fiscales fundamentales
El artículo 27 del CFF obliga a inscribirse y mantener actualizado el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), incluyendo el buzón tributario activo para recibir notificaciones del SAT. El artículo 28 exige llevar contabilidad electrónica y enviarla mensualmente, y los artículos 29 y 29-A regulan la emisión correcta de CFDI por cada ingreso, incluyendo el uso adecuado del método de pago (PUE o PPD) y la forma de pago. Un CFDI mal emitido puede derivar en la no deducibilidad del gasto para quien lo recibe y en observaciones del SAT para quien lo emite.
Elegir el régimen fiscal correcto
Muchas PYMES tributan bajo un régimen que no les corresponde o que ya no les conviene. El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), regulado en los artículos 113-E a 113-J de la LISR para personas físicas, ofrece tasas reducidas pero tiene un límite de ingresos de 3.5 millones de pesos anuales y excluye ciertas actividades. Las personas morales, por su parte, tributan conforme al Título II de la LISR, con la obligación de calcular pagos provisionales mensuales y presentar la declaración anual dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio. Un cambio de régimen mal planeado puede representar una carga fiscal innecesaria.
Obligaciones laborales y de seguridad social
Contratar personal implica obligaciones que van más allá del pago de sueldos. La LSS, en sus artículos 15 y 16, obliga al patrón a inscribirse ante el IMSS, registrar a cada trabajador y avisar altas, bajas y modificaciones de salario dentro de plazos específicos; el incumplimiento genera capitales constitutivos y multas. La LFT exige el pago correcto de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y utilidades, además del registro de las aportaciones a INFONAVIT. Estas obligaciones aplican desde el primer trabajador contratado, sin importar el tamaño de la empresa.
Contabilidad electrónica y conservación de comprobantes
El artículo 30 del CFF obliga a conservar la contabilidad y los comprobantes fiscales durante un plazo de cinco años, disponibles en todo momento para una posible revisión. La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente detalla, año con año, los procedimientos específicos para el envío de la contabilidad electrónica, la cancelación de CFDI y los plazos para atender requerimientos. No conservar esta documentación de forma ordenada es una de las causas más frecuentes de observaciones en auditorías y cartas invitación del SAT.
Qué pasa si no se cumple
El SAT puede iniciar un procedimiento con una simple carta invitación, pero también puede escalar a un requerimiento formal o a facultades de comprobación conforme al artículo 42 del CFF. Ignorar estas comunicaciones no las hace desaparecer: los plazos para responder corren aunque la empresa no reaccione, y el silencio suele derivar en determinaciones presuntivas de créditos fiscales. Contar con asesoría oportuna permite presentar un escrito de aclaración fundamentado (conforme a los artículos 18 y 33-A del CFF) antes de que la situación se complique.
Conclusión
El marco legal y fiscal de una PYME no se resume en “pagar impuestos”: involucra el régimen correcto, la nómina, el IMSS, la contabilidad electrónica y la relación con el SAT como un todo. La recomendación es simple: revise su situación con un contador que conozca su operación antes de que el SAT le pida explicaciones. En Asesoría Contable y Fiscal ofrecemos ese acompañamiento integral para que su empresa cumpla sin sorpresas.
